Estoy trabajando 7 Ene 2019
Hoy entra en vigor la reforma de las pensiones
Autor
Instituto BBVA de PENSIONES
La nueva ley, que implanta el factor de sostenibilidad y la nueva forma de actualizar las pensiones, fue publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado y se estrena hoy.
El factor de sostenibilidad y la nueva forma de revalorización de las prestaciones públicas de jubilación ya son una realidad. La nueva ley que los regula, con fecha de disposición del pasado 23 de diciembre, fue publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entra en vigor un día después, hoy 27 de diciembre.
El texto que acaba de entrar en vigor regula el factor de sostenibilidad e implanta un nuevo índice de revalorización del sistema de pensiones de la Seguridad Social . El primero no se aplicará en el cálculo de las nuevas pensiones hasta el año 2019, pero el método de actualización de las prestaciones se pondrá en marcha de inmediato.
La esperanza de vida
El factor de sostenibilidad, que trata de garantizar la viabilidad del sistema de Seguridad Social a medio y largo plazo, según el texto, ajusta la pensión inicial de jubilación de manera que el importe total que perciba a lo largo de su vida un pensionista que acceda al sistema de pensiones dentro de un cierto número de años, y que previsiblemente tendrá mayor esperanza de vida, sea equivalente al que perciba el que se jubile en un momento anterior. Para ello se relaciona la esperanza de vida estimada en ambos momentos, con periodos quinquenales de cálculo para determinar su evolución. Se aplica una sola vez, a la hora de calcular inicialmente la pensión.
¿Cuándo se aplicará?
El primer año para su aplicación será el ejercicio 2019. El factor de sostenibilidad es un parámetro adicional a los ya existentes para el cálculo de la pensión de jubilación inicial.
La actualización anual de las pensiones
El capítulo segundo de la ley regula el llamado índice de revalorización de las pensiones, una nueva fórmula para su actualización anual, que viene a sustituir a su actualización en función del IPC, referencia desde el año 1997, debido a problemas de índole demográfica y económica.
Se aplicará a partir del 1 de enero de 2014 y tendrá en cuenta otros factores como la diferencia entre ingresos y gastos de la Seguridad Social o el crecimiento en el número de pensiones contributivas (la variación anual de ese número). Otro factor a considerar en la fórmula es la variación interanual de la cuantía de la pensión media por el efecto sustitución (la diferencia entre las pensiones que causan baja y las nuevas que entran en el sistema cada año). Y, finalmente, la fórmula incluirá un último elemento de cálculo denominado velocidad de ajuste y que consiste en el número de años –tres o cuatro– en los que cada Gobierno podrá trasladar el esfuerzo presupuestario, según haya déficit o superávit.
Finalmente, las prestaciones nunca podrán congelarse o bajar nominalmente, aunque el resultado de la fórmula sea cero o negativo, porque el Gobierno propone un suelo mínimo de revalorización anual del 0,25%. También hay un tope máximo de revalorización, estimado finalmente en la inflación más el 0,5%.
Revisiones frecuentes
La ley aprobada también determina que ambos factores deben ser transparentes e incide en la información que se deberá proporcionar a los pensionistas. También establece la presentación por parte del Gobierno con carácter quinquenal de un informe sobre la adecuación y suficiencia de las pensiones. Además, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal debe evaluar cada año si los indicadores utilizados los gobiernos en las fórmulas matemáticas son adecuados.
La ley modifica otros textos, como la Ley General de la Seguridad Social o la Ley de Clases Pasivas del Estado al objeto de incluir la aplicación del índice de revalorización en la determinación de la cuantía de las pensiones de clases pasivas.