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Jóvenes   14 Abr 2021

Seis preguntas básicas antes de abrir un plan de pensiones

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

En este vídeo te enseñamos a elegir el plan de pensiones que más te conviene de acuerdo con tu situación personal.

Los planes de pensiones son el vehículo de ahorro más popular en España. Estas seis preguntas que mostramos a continuación son de recomendado conocimiento para todos los que quieran abrir un plan de pensiones:

El plan de pensiones que me conviene

Dependerá de la edad y cercanía o lejanía a la jubilación. La edad determinará el riesgo que podemos  asumir y que está íntimamente ligado al plazo de ahorro. Un joven, por tanto, podrá permitirse mayor riesgo porque tiene margen de maniobra. Por el contrario, un ahorrador cercano a su jubilación debe proteger su ahorro. Para aquellos que tengan una edad intermedia se les recomienda un perfil mixto en un plan de pensiones.

Cuánto ahorrar

  • Hasta 31 de diciembre de 2020 el máximo ahorro es de 8000 euros al año, el llamado límite financiero. A partir de enero de 2021, ese límite máximo de aportación a sistemas de previsión social individual, includos planes de pensiones individuales, estará fijado en 2.000 euros anuales.
  • El límite fiscal hasta 31 de diciembre de 2020 asciende  a 8.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y/o actividades económicas. Se aplicará la menor de estas cantidades. A partir de enero de 2021 ese límite de deducción en el IRPF se reduce a 2.000 euros anuales.
  • Las aportaciones al plan de pensiones podrán ser puntuales o periódicas.

Incentivos fiscales por aportar al plan de pensiones

  • El límite es el descrito en el límite fiscal del punto anterior.
  • También si el cónyuge tiene rentas inferiores a 8000 euros, hasta 31 de diciembre de 2021 se pueden realizar aportaciones a favor del cónyuge de hasta 2.500 euros anuales. A partir de 1 de enero de 2021 la aportación y deducción máxima por aportaciones a favor del cónyuge se reduce a 1.000 euros anuales.

Situaciones que permiten disponer del ahorro

  • Incapacidad.
  • Dependencia.
  • Fallecimiento.
  • Enfermedad grave.
  • Desempleo.
  • Desde el 1 de enero de 2025, retirar solo las participaciones con más de 10 años de antigüedad.

Formas de rescate del plan de pensiones

  • En forma de capital que es un cobro único.
  • En forma de renta que es temporal o vitalicia.
  • Mixta como combinación de las anteriores.
  • Flexible, es decir, sin una periodicidad determinada.

La fiscalidad del rescate de los planes de pensiones

  • En general se consideran como rendimientos del trabajo.
  • Excepcionalmente, las participaciones con antigüedad anterior a 31 de diciembre de 2006 y que rescaten en forma de capital gozarán de una deducción del 40% en el importe a consignar en la declaración de IRPF y sujeto al plazo transitorio que establece la ley.

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