El rescate del plan de pensiones en caso de desempleo
Requisitos y consejos para recuperar el ahorro en planes de pensiones ante la contingencia de desempleo
Aunque la principal razón de ser de los planes de pensiones es el ahorro para la jubilación, y de hecho la contingencia principal que permite su rescate, existen una serie de situaciones adicionales que permiten la liquidez de estos productos. Una de ellas es encontrarse en situación de desempleo de larga duración, independientemente de las circunstancias que hayan llevado a la pérdida del empleo.
¿Bajo qué causas puedo solicitar el rescate por desempleo?
Deberán acreditarse tres requisitos para que se autorice el reembolso del plan:
- Estar en situación legal de desempleo: Se consideran situaciones legales de desempleo los supuestos de extinción de una relación laboral o administrativa y de una suspensión de un contrato de trabajo según marca la ley.
- Estar inscrito en las oficinas públicas correspondientes como demandante de empleo en el momento de presentar la solicitud: Es decir, estar apuntado al paro.
- No tener derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo (el paro) o haber agotado esta prestación.
Los trabajadores por cuenta propia (autónomos) que hayan cesado en su actividad, también podrán rescatar su plan de pensiones si cumplen los requisitos segundo y tercero.
Anteriormente era necesario que el solicitante llevase un mínimo de un año en desempleo y sin cobrar la prestación. Actualmente es posible el rescate del plan de pensiones desde el momento que se agota la prestación o directamente si no se tiene derecho a ella.
El rescate del plan en caso de cese por causas objetivas
Tras la reforma del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones introducida por el Real Decreto 681/2014 de 1 de agosto se prevé el pago anticipado de la prestación en los siguientes supuestos: despido colectivo, despido objetivo, procedimiento concursal, así como cese en la relación laboral como consecuencia de muerte, jubilación o incapacidad del empresario y extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
No será en este caso necesario esperar a agotar la prestación por desempleo para solicitar el rescate del plan, y además el beneficiario podrá reanudar las aportaciones cuando deje de percibir la prestación.
Modalidades y fiscalidad del rescate
El partícipe que acredite los requisitos podrá solicitar el rescate en cualquiera de estas modalidades:
- En forma de capital o pago único.
- Como una renta periódica.
- De forma mixta, como combinación de las anteriores.
Como en cualquier otra contingencia, el rescate del plan de pensiones tendrá la consideración de rendimientos del trabajo, que pasarán a incrementar la base imponible del perceptor. Asimismo, las aportaciones anteriores a 31/12/2006 que sean rescatadas en forma de capital estarán favorecidas por una reducción del 40% siempre que se rescaten dentro del periodo transitorio establecido (Cómo rescatar tus planes de pensiones para aplicar la reducción del 40%).
El rescate en caso de estar adscrito a un convenio con la Seguridad Social
Es frecuente el caso de partícipes de planes de pensiones que al pasar a una situación de desempleo suscriben un convenio especial con la Seguridad Social para mantener o incrementar sus derechos sobre una futura pensión pública.
En estos casos es importante destacar que las cuotas abonadas a la Seguridad Social destinadas a satisfacer dicho convenio son deducibles en IRPF, lo que disminuiría el impacto fiscal del plan de pensiones en una magnitud que dependerá de las circunstancias del contribuyente, como la cuantía del convenio o el resto de rentas que perciba.
Para más Información...
Para más información sobre otras situaciones en relación al cobro del plan de pensiones por desempleo , como son 1. las implicaciones del rescate por desempleo en el caso de personas que esten percibiendo la ayuda para mayores de 52 años y 2. la incompatibilidad de simultanear la realización de aportaciones al plan de pensiones con el cobro del mismo por la situación de desempleo, pinche aquí