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Estoy trabajando   9 Jun 2021

La doctrina del paréntesis flexibiliza el requisito de acceso a la jubilación

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Esta doctrina facilita cumplir los requisitos exigidos para acceder a la jubilación. Debido a su utilización es más fácil cumplir con el período de carencia específica (cotizar 2 años dentro de los últimos 15). 

El requisito del período de carencia

Uno de los requisitos de acceso a la pensión de jubilación es el de carencia, en sus dos variantes:

a) carencia genérica o periodo total de cotizaciones previas que han debido realizarse al sistema a lo largo de la vida laboral. 

b) carencia específica, o parte de ese periodo genérico que ha debido cotizarse en un arco temporal más próximo al momento del hecho causante de la pensión.

Así, para tener derecho a una pensión de jubilación, entre otros requisitos, se han de acreditar cotización al menos 15 años (carencia genérica), y 2 de esos años (carencia específica)  han de haberse cotizado en los últimos 15 años anteriores al hecho causante.

La aplicación de la doctrina del paréntesis: su origen en la jurisprudencia

El requisito de carencia específica es difícil de cumplir en aquellos supuestos en los que un sujeto acceda a la pensión de jubilación desde situaciones asimiladas al alta sin obligación de cotizar (por ejemplo, paro forzoso no subsidiado).

De ahí que la jurisprudencia acuño una doctrina de aplicación normativa, denominada “doctrina del paréntesis” que consistía en colocar entre paréntesis, como inexistentes, los periodos en que no se cotizó por causas ajenas a la voluntad del beneficiario.

Se pretendía así posibilitar el cumplimiento de la carencia específica de dos años de cotización en los anteriores al hecho causante, conforme a una interpretación humanista de la norma.

La adopción de la regla en la ley

Esta regla jurisprudencial ha tenido traducción normativa y actualmente se prevé que en los supuestos en que se acceda a la pensión de jubilación desde una situación de alta o asimilada al alta, sin obligación de cotizar, el período de 2 años deberá estar comprendido dentro de los 15 años anteriores a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, aunque no se correspondan con los 15 años anteriores al hecho causante.

No obstante esa traducción legislativa, es la doctrina jurisprudencial la que ejemplifica los supuestos susceptibles de beneficiarse de la aplicación del paréntesis.

Ejemplos de aplicación de la regla del paréntesis

De un modo más concreto destacan los periodos de paro involuntario no subsidiado en los que se mantiene la inscripción permanente como demandante de empleo o si no se mantiene se debe a enfermedad grave; o los periodos de grave enfermedad que impide eventuales gestiones de mantenimiento del alta y/o de solicitud de prestaciones.

A contrario, se niega la aplicabilidad de la doctrina del paréntesis en los casos de incapacidad permanente total en los que no se acreditan cotizaciones porque el sujeto no mantiene un ánimo de trabajar y por lo tanto ha permanecido inactivo voluntariamente.

Esta aplicación se diferencia de la integración de las laguna.

Habría que diferenciar esta regla de flexibilización del requisito de carencia como condición de acceso al derecho a pensión de jubilación, del mecanismo de integración de lagunas, que se aplica, computando cantidades ficticias para calcular la pensión de jubilación cuando hay periodos en los que no ha habido cotización efectiva.

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