¿Planes de pensiones? Si. Siguen manteniendo interesantes argumentos para seguir depositando la confianza y nuestro ahorro en ellos
Recientes acontecimientos como el anteproyecto de reforma fiscal (que prevé limitar las aportaciones anuales a planes de pensiones a ocho mil euros independientemente de la edad del partícipe), la reforma de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, (que desincentiva las aportaciones empresariales a planes de pensiones) o la sentencia del Tribunal Constitucional equiparando las condiciones de las EPSV (modalidad para el País Vasco de los planes de pensiones), a los demás planes de pensiones al eliminar su liquidez a los diez años han arrojado ciertos nubarrones por encima de estos vehículos de ahorro.
Sin embargo, existen argumentos de peso para que estos productos sigan gozando de una gran popularidad y de nuestra confianza para planificar nuestra jubilación. Veamos cuáles son:
Amplia gama de activos
Los planes de pensiones dan acceso a una
muy variada gama de activos en los que invertir, lo que favorece que cualquier ahorrador, cualesquiera que sean su edad o perfil de riesgo, podrá encontrar un plan a su medida para instrumentalizar su ahorro a largo plazo.
Movilidad
Existe la posibilidad de
traspasar los derechos consolidados entre planes de pensiones con rapidez y facilidad. Esto permite ir adaptando el ahorro del partícipe al paso del tiempo en un movimiento que la lógica recomienda hacer desde posiciones más decididas en edades tempranas a posiciones más conservadoras a medida que se acerca la jubilación.
Planes adaptados al ciclo de vida
En línea con los puntos anteriores, y de cara a ahorradores que prefieren delegar la gestión de su ahorro a largo plazo, existen lo que se conocen como
“Planes objetivo” o "Planes de Ciclo de Vida", que adaptan las decisiones de inversión y de tolerancia al riesgo al paso del tiempo, de manera que el partícipe de lo único que se debe preocupar es de posicionarse en un plan que tenga un vencimiento coincidente con su jubilación.
Flexibilidad en aportaciones y rescates
El partícipe puede
elegir libremente la modalidad de sus aportaciones, que pueden ser puntuales o periódicas (mensuales, trimestrales, etc)En el momento del rescate, también se puede
optar por distintas modalidades, para adaptarse a las necesidades fiscales y de capital de cada persona. Así, se podrá rescatar en forma de capital (un único pago) o de renta, que podrá ser temporal o vitalicia.
Fiscalidad
Siguen siendo los únicos productos que mantienen beneficios fiscales directos por la realización de aportaciones, lo que permite
reducir la factura fiscal todos los ejercicios que hayamos realizado aportaciones.El límite anual de aportación a planes de pensiones quedará establecido en
8.000 euros independientemente de la edad del partícipe. El límite de aportación a EPSV, solo aplicables en el País Vasco, es de
5.000 euros para aportaciones individuales, 8.000 euros para aportaciones del promotor, y 12.000 euros como límite conjunto.
Este ahorro fiscal, reinvertido consistentemente a lo largo de los años, supone un
importante ahorro añadido en el momento de nuestra jubilación.
Supuestos excepcionales
Siguen aplicando los
supuestos excepcionales de liquidez, que contemplan diversas situaciones para su rescate anticipado, como desempleo de larga duración o enfermedad grave, que se suman a las contingencias generales de rescate, que son jubilación, fallecimiento, invalidez y dependencia. Además, desde enero de 2015 se podrán realizar rescates de aportaciones con una antigüedad mínima de 10 años, nunca antes de 1 de enero de 2025 pues el plazo comienza a contar para todas las aportaciones dicho 1 de enero de 2015.
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