Actualidad sobre Planes y Fondos de Pensiones: disposiciones anticipadas
Los planes de pensiones de aportación definida (DC) están concebidos, principalmente, para fomentar que los individuos ahorren a lo largo de su vida laboral con el fin de financiar su consumo tras la jubilación.

Los planes de pensiones de aportación definida (DC) están concebidos, principalmente, para fomentar que los individuos ahorren a lo largo de su vida laboral con el fin de financiar su consumo tras la jubilación. Para ello, los gobiernos de todo el mundo implementan deducciones y beneficios fiscales que buscan incentivar el ahorro y la preservación del patrimonio destinado a la jubilación.
Tradicionalmente, los instrumentos de ahorro para la jubilación —tanto obligatorios como voluntarios— han sido diseñados con una elevada iliquidez. El acceso anticipado a estos fondos se ha permitido solo en circunstancias excepcionales, generalmente bajo condiciones restrictivas, penalizaciones o la obligación de pagar impuestos de forma anticipada. Aunque la legislación varía según el país y el tipo de producto de ahorro, los supuestos más comunes que permiten la disposición anticipada de estos fondos incluyen dificultades financieras, gastos médicos, enfermedades graves, desempleo de larga duración, costes educativos, edad y elegibilidad, gastos funerarios, prevención de ejecuciones hipotecarias o desalojos, adquisición de una primera vivienda o reparaciones en la residencia habitual.
Las restricciones al acceso anticipado han sido justificadas durante mucho tiempo por diversas razones: (i) la necesidad de garantizar la seguridad financiera a largo plazo, (ii) la preservación de los beneficios fiscales, (iii) las consideraciones de economía conductual —ya que los individuos tienden a priorizar necesidades inmediatas sobre objetivos futuros—, (iv) el objetivo de evitar una excesiva dependencia de las redes de protección social estatales, como la Seguridad Social, (v) el efecto del interés compuesto, que potencia el crecimiento del ahorro con el tiempo, (vi) la preocupación por la suficiencia de los ingresos durante la jubilación, (vii) la intención de reducir las consecuencias de decisiones financieras impulsivas, (viii) la complejidad administrativa y (ix) los costes y cargas adicionales que podrían recaer sobre los empleadores.