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¿Debe el autónomo cotizar por ingresos?

23 septiembre 2018

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Se analiza someramente si los trabajadores autónomos deben seguir cotizando según la base elegida o dicha base debe ajustarse a sus ingresos reales.

En los últimos días hemos escuchado que quizás habría que cambiar el modo de cotización de los trabajadores autónomos. Para 2018, pueden elegir sus bases de cotización entre un mínimo de 932, 70 euros mensuales y un máximo de 3.803, 70 euros, con ciertas limitaciones de acuerdo con el tipo de actividad y la edad (desde los 47 años). Esto es, pueden optar por bases que en nada tengan que ver con sus ingresos tanto al alza como a la baja. Al contrario, las bases de cotización de los trabajadores por cuenta ajena, con los mismos límites económicos, se concretan de acuerdo con sus remuneraciones.

Esta regulación tiene una consecuencia clara: el importe medio de las pensiones de jubilación en el régimen general ha sido 1227,49 euros y para el régimen de autónomos 723, 20 euros y en el caso de la pensión de incapacidad permanente 965, 83 euros y 707, 99 euros, respectivamente (INSS, junio 2018). La diferencia es significativa y su principal causa es el importe de las bases de cotización, dado que parece que los trabajadores autónomos, quienes asumen directamente el coste de sus cotizaciones, prefieren reducir sus gastos y, por tanto, optar por bases bajas.

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