Real Decreto-ley 3/2020
28 septiembre 2020
- La presente norma traspone parcialmente al ordenamiento jurídico español la Directiva IORP II. La adaptación a lo dispuesto por este RDL 3/2020 debía llevarse a cabo en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor del mismo: plazo límite 6 de agosto de 20520.