¿A qué pensión de jubilación tienen derecho las amas de casa?
La respuesta a esta pregunta sería depende… Depende de lo que cada ama de casa haya cotizado o no en el momento de cumplimiento de la edad de jubilación.
Las amas de casa han jugado y juegan un papel trascendental para el desenvolvimiento y bienestar de nuestra sociedad y de la que ha venido siendo su columna vertebral, la familia.
Durante milenios, las responsabilidades del hogar se habían venido repartiendo, siendo hombres los que iban a buscar el sustento (inicialmente a cazar, pescar, sembrar y recolectar el alimento -aunque en muchos lugares eran las mujeres las que recolectaban-, y, con el trascurso de los siglos, a obtener un salario por la prestación de un trabajo o unos ingresos en una actividad profesional con los que afrontar las necesidades económicas de la familia), y eran las mujeres que se quedaban en casa cuidando de la prole y haciendo las labores del hogar.
En las últimas cuatro décadas se ha producido en España, y en una gran parte de los paises de occidente, una masiva incorporación de la mujer al mercado laboral, que progresivamente está alcanzando todos los niveles y estadios profesionales, incluidos los puestos de alta cualificación y las posiciones directivas. Ello ha producido, entre otras consecuencias, un reparto, más o menos equitativo, de las responsabilidades domesticas del hogar y del cuidado de hijos entre ambos cónyuges progenitores.
En los casos de aquellas parejas que disponen de posiciones económicas holgadas, se recurre a contratar la ayuda de terceras personas, de personal de servicio. Pero en muchos otros, cuando no se cuentan con esos recursos económicos, se hace necesario recurrir a los abuelos (si se tienen y viven cerca) y a que ambos miembros de la familia sean muy estrictos en distribuir su tiempo entre el tiempo de trabajo y el de familia.
Según la Encuesta de Población Activa (EPA), a inicios de 2023 había en España 2.892.200 amas de casa (mujeres), habiéndose reduciendo en casi 2 millones respecto al año 2002 (20 años antes), lo que supone un 40% menos. En cambio, en 2023 había 445.000 amos de casa (varones) que se ocupan en exclusiva a las tareas de la casa y el cuidado de los hijos, frente a los 89.000 amos de casa que había en 2002.
No obstante, quedan aún muchas am@s de casa, principalmente mujeres, que toda o casi toda su vida han trabajado en el hogar y no han cotizado a la Seguridad Social. Muchas de ellas tienen ya una cierta edad y han alcanzado o superado los 65 años (no podemos decir que se ha retirado, porque una ama de casa nunca se retira) o bien se acercan a esa edad.
¿A qué pensión tienen derecho esas personas, mayoritariamente mujeres, que han trabajado casi toda su vida cuidando del hogar familiar?
Si un ama de casa ha trabajado, además de en casa, en algún otro empleo remunerado y ha cotizado al menos el periodo mínimo requerido, que es como mínimo de 15 años cotizados (*), tendrá derecho a una pensión contributiva, que se calculará en función del importe sus bases de cotización de los 25 años previos a la jubilación y del número años cotizados.
(*)2 de esos 15 años de cotización requeridos deberán estar situados en los últimos 15 años previos al acceso a jubilación o a la fecha en que ceso la obligación de cotizar),
En cambio, si un ama de casa no acumula esos 15 años mínimos de cotización requeridos, como les ocurre a una gran mayoría de amas de casa, no generaran derecho a pensión contributiva, pero en su lugar podrán solicitar una pensión no contributiva, siempre y cuando cumplan los requisitos exigidos.
Estos requisitos incluyen tener 65 años o más, además de residir en territorio español y haber residido durante un período de al menos 10 años entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 años han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la pensión no contributiva.
Además, se exigen unos requisitos de carencia de ingresos. Existe carencia de ingresos cuando los ingresos personales de la persona, para 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales.
No obstante, si las rentas personales son inferiores a 7.250,60 euros anuales y se convive con familiares, únicamente se cumplirá el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a unos importes determinados. Es importante chequear este requisito de carencia de ingresos, ya que si, por ejemplo, el cónyuge tuviera unos ingresos razonables, ese hecho dejaría sin derecho a pensión contributiva a ese ama de casa.
Por ejemplo, en caso de convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:
Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:
El importe íntegro de la pensión no contributiva de jubilación en 2024 es de 517,90 euros mensuales en 14 pagas. Es decir, 7.250,60 euros anuales.
La cuantía individual para cada pensionista se determina a partir de ese importe íntegro de 7.250,60 euros anuales y se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o los de las personas que integran la unidad económica, no pudiendo ser esa cuantía individual inferior a la mínima del 25% de la cuantía integra (en 2024, ese mínimo asciende a 1.812,65 euros anuales -129,48 euros mensuales-).
Además, los beneficiarios de pensión no contributiva acceden a la asistencia sanitaria y a asistencia social gratuita.
¿Dónde y cómo puede un ama de casa solicitar la pensión no contributiva de jubilación?
El reconocimiento del derecho a percibir una pensión no contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas, que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).
La solicitud de pensión no contributiva podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social, en las que se facilitará el impreso correspondiente, o por correo.
Las direcciones y teléfonos de información de las Comunidades Autónomas y Direcciones Territoriales del Imserso se informan en este apartado de la página web del Imserso.
Más Información:
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