¿Es compatible la ayuda para mayores de 52 años y un trabajo remunerado?
El inicio de una actividad laboral implicará, de manera general, suspender el subsidio, salvo en determinados casos que te explicamos
[Actualización: la ayuda para mayores de 55 años ha sido sustituida en 2019 por la ayuda para mayores de 52 años ] La ayuda para mayores de 52 años consiste en una prestación que podrán solicitar los trabajadores a partir de dicha edad, debiendo encontrarse en situación de desempleo, además de acreditar otros requisitos. La ayuda se concederá hasta que el beneficiario pueda acceder a la jubilación en cualquiera de sus modalidades, por lo que dejaría de percibirla a a la edad ordinaria de jubilación, independientemente de que acceda o no a la jubilación. La cuantía consiste en el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que en 2020 equivale a 430,27 euros mensuales. Además, es el único subsidio por el que el beneficiario cotizará para la jubilación. La base de cotización será el 125% de la base mínima vigente.
Requisitos para percibir la ayuda
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
- Tener cumplidos 52 o más años en la fecha de agotamiento de la prestación por desempleo o del subsidio por desempleo, o tener cumplida esa edad en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno de los siguientes subsidios: por agotamiento de la prestación contributiva, emigrante retornado, revisión por mejoría de un invalidez, liberado de prisión o cotizaciones insuficientes para la prestación contributiva, o cumplirla durante la percepción de éstos.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes y no haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde la inscripción como demandante de empleo. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de duración del subsidio.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Haber cotizado por la contingencia de desempleo un mínimo de 6 años.
- Acreditar todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema Español de la Seguridad Social.