¿Incluye la Ley de Presupuestos alguna novedad en la pensión de jubilación y viudedad?
La Ley de presupuestos de 2018 incluye las pensiones mínimas y máximas por jubilación y, además, también determina la revalorización de las cuantías. Pero ¿se incluye alguna otra novedad?
Cuestiones generales
La Ley de Presupuestos establece la revalorización general de las pensiones. En 2018 se ha aplicado un incremento del 1,6%. Además, se establece el límite de la pensión máxima en 2.614,96 euros mensuales, límite que también se aplica en el caso de que se perciban más de una pensión de las que se reconocen como concurrentes.
Por otro lado, se reconoce el complemento por mínimo a todos los pensionistas con ingresos inferiores a 7.151, 80 euros al año en concepto de ingresos de trabajo o de capital.
La jubilación de los Cuerpos docentes de la Comunidad Foral de Navarra
A los funcionarios docentes de esta Comunidad, que fueron integrados en otros regímenes de Seguridad Social distintos al Régimen de Clases Pasivas antes de 2010, se les permitirá en el momento de su jubilación voluntaria por incorporarse a este último régimen en las mismas condiciones que los incluidos en este.
Obviamente tendrán que acreditar los mismos requisitos para acceder a dicha pensión. Una comisión especial determinará cómo se computarán las cotizaciones de los distintos regímenes a los efectos de acceder a la pensión de jubilación en el régimen de clases pasivas de acuerdo con los años cotizados.
El reconocimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación a la Policía Foral de Navarra
Se anuncia el reconocimiento de coeficientes reductores de edad para este colectivo concreto de Policías mediante Real Decreto en un breve plazo.
Hay algunos colectivos a los que por la peligrosidad de su actividad laboral se les permite acceder a la pensión de jubilación a edades inferiores a las marcadas en general, sin sufrir merma en la cuantía de su pensión por anticipar el momento del hecho causante.
Así, a la Policía Foral de Navarra se le va a permitir acceder a la pensión de jubilación a edades reducidas debido a la tipología de su actividad.
El cambio en el cálculo de la pensión de viudedad
Se incrementa el porcentaje aplicable a la cuantía de la base reguladora de la pensión de viudedad, pero solo para los beneficiarios que sean mayores de 65 años.
No obstante, este incremento va a ser paulatino. Desde el 1 de julio de 2018 se aumentará la base reguladora desde un 52% a un 56%. Desde el 1 de enero de 2019 el porcentaje aplicable será un 60%.
No obstante, esta mejora no se aplica a todas las pensiones de viudedad. Se exige que el beneficiario no tenga derecho a pensión pública y que no perciba ingresos por la realización de trabajo por cuenta ajena o propia. Además, no podrá recibir otros rendimientos en cuantía superior a los límites exigidos para acceder a la pensión mínima por viudedad.
Asimismo, también se incrementará el porcentaje de la base reguladora en la pensión de viudedad en el Régimen de Clases Pasivas.