Mi jubilacion BBVA

Jubilación   7 Ene 2019

La pensión de jubilación en Argentina

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

La Ley 24241 es la que regula el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) en Argentina y cubrirá las contingencias de vejez, invalidez y muerte; integrándose al Sistema Único de Seguridad Social.

Requisitos de acceso

En lo que respecta a los principales requisitos para jubilarse en Argentina en 2017 son:

La edad mínima que se requiere para acceder a la prestación depende del año de cese o presentación, de si hay una relación de dependencia (trabajo por cuenta ajena) o es autónomo y de si es hombre o mujer, estableciéndose desde 2001 en adelante una edad para el trabajador por cuenta ajena para el hombre de 65 años, para la mujer de mujer 60 años y para los autónomos de 65 años.

Se tienen que cumplir al menos 30 años de servicio, y estos años tienen que ser computables al menos dentro de uno de los regímenes que comprende el sistema de reciprocidad jubilatoria.

Las distintas partes del sistema de pensiones

  1. Un régimen previsional público, fundamentado en el otorgamiento de prestaciones por parte del Estado que se financiarán a través de un sistema de reparto (régimen de reparto, similar al español).
  2. Un régimen previsional basado en la capitalización individual (régimen de capitalización, similar al aplicado a los planes de pensiones en España).

El régimen de capitalización lo constituyen los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia. La capitalización de los aportes será efectuada por sociedades anónimas denominadas "administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones (AFJP).

¿Cómo se constituyen las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones?

Pueden constituir AFJP, entre otras entidades, los estados provinciales, la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, las asociaciones profesionales de trabajadores o empleadores.

El Banco de la Nación Argentina puede constituir una administradora cuyos afiliados gozarán de una garantía del aporte depositado.

El contenido de la protección

El régimen previsional público cuenta con la garantía del Estado, instituyendo la prestación básica universal, la prestación compensatoria, el retiro por invalidez, la pensión por fallecimiento y la prestación adicional por permanencia.

El régimen de capitalización otorgará las prestaciones de jubilación ordinaria, retiro por invalidez, pensión por fallecimiento del afiliado o beneficiario.

La Movilidad Jubilatoria

La Ley 26417 que modifica la ley 24241 establece la movilidad que se aplica automáticamente dos veces al año desde el año 2009.

La movilidad jubilatoria consiste en el recalculo de la cuantía de la pensión a los efectos de tratar de conservar su poder adquisitivo.

Se aplica a todas las prestaciones a cargo del Sistema Integrado Previsional Argentino:

  • Las prestaciones del régimen previsional público.
  • Las que fueron transferidas al SIPA (Retiro Programado – Retiro Fraccionario - Renta Vitalicia (sólo el componente público).
  • Los retiros por invalidez y pensiones otorgadas hasta noviembre de 2008.
  • Las jubilaciones y pensiones a cargo de ANSES provenientes de los regímenes provinciales y municipales transferidos al Estado Nacional.
  • Las jubilaciones y pensiones otorgadas por el anterior régimen general o por los regímenes especiales derogados por la Ley 23.966 y que luego no fueron restablecidos.
  • Los beneficios que obtuvieron sentencia judicial con movilidad específica.

El cálculo se basa en un promedio entre:

  • Las variaciones producidas en los recursos tributarios del SIPA (comparando semestres idénticos de años consecutivos)
  • El índice general de salarios determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos o la variación del RIPTE –índice basado en la Remuneración Imponible promedio de los trabajadores estables- publicado por la Secretaría de Seguridad Social. De ambas se aplica la más favorable, durante el lapso enero-junio para el ajuste de septiembre del mismo año, y julio-diciembre para el ajuste a aplicar en marzo del año siguiente.

Al incluir ambos componentes se asegura que los haberes jubilatorios seguirán la evolución de los salarios, a la vez que acompañarán el aumento de los ingresos al Sistema Previsional. 

Más Información: web de ANSES ( Administración Nacional de la Seguridad Social)

Suscripción a Newsletter