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Jubilación   22 Ene 2024

Las pensiones no contributivas de jubilación en 2024: novedades, requisitos de acceso, importes

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

En 2024, la cuantía anual integra de las pensiones no contributivas de jubilación y de invalidez será de 7.250,60 euros (517,90 euros mensuales en 14 pagas).

La pensión no contributiva de jubilación garantiza a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de la pensión no contributiva de jubilación en 2024?

Pueden ser beneficiarios de la pensión no contributiva de jubilación los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplan los siguientes requisitos:

1. Carencia de ingresos suficientes

Existe carencia de ingresos cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales. No obstante, si las rentas o ingresos personales son inferiores a 7.250,60 euros anuales y se convive con familiares, únicamente se cumplirá el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a los siguientes importes:
  • En caso de convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:
  • Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:
Existirá unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario de la pensión con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante. Las personas que convivan con el solicitante en el mismo domicilio y no estén unidas con el solicitante por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado no se integran en la unidad económica de convivencia y las rentas o ingresos imputables a esas personas no se computan a efectos de acreditar el requisito de carecer de ingresos suficientes.

2.  Requisito de edad

Para acceder a la pensión no contributiva de jubilación es necesario tener 65 o más años.

3.  Requisito de residencia

Asimismo, es necesario residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de al menos diez años, en el período que transcurre entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Importe de la pensión no contributiva de jubilación

En 2024, la cuantía anual integra de las pensiones no contributivas de jubilación es de 7.250,60 euros (517,90 euros mensuales en 14 pagas). La cuantía individual para cada pensionista se determina a partir de ese importe íntegro (7.250,60 euros anuales) y se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o los de las personas que integran la unidad económica, no pudiendo ser esa cuantía individual inferior a la mínima del 25% de la cuantía integra (en 2024, ese mínimo asciende a 1.812,65 euros anuales -129,48 euros mensuales-).
Cuando dentro de una misma unidad familiar convivan dos o más beneficiarios de pensión no contributiva (de jubilación o de invalidez), la cuantía individual para cada uno de ellos es la siguiente en 2024:

Incompatibilidades de la percepción de la pensión no contributiva de Jubilación

La pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales, y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona contemplados por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, así como con la condición de causante de la asignación familiar por hijo a cargo mayor de 18 años y con discapacidad igual o superior al 65%.

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