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Prestaciones   20 Ago 2020

¿Qué ocurre cuándo se extingue la pensión de orfandad de uno de los hijos?

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Con carácter general, la pensión de orfandad se extingue cuando el beneficiario alcanza la edad de 25 años

El sistema de Seguridad Social reconoce la pensión de orfandad a los hijos de aquellos que fallecen o bien estando en alta o situación asimilada al alta, o bien percibiendo una pensión contributiva. En este caso, se reconoce el derecho a los hijos menores de 25 años, así como a los incapacitados para el trabajo.

Cada uno de los huérfanos tiene derecho a una pensión del 20% de la base reguladora. En algunos supuestos, cuando el beneficiario percibe una cuantía inferior a esta cuantía debido a la limitación del 100% de la base reguladora cuando se genera pensión de viudedad y varias orfandades, si uno de ellos deja de percibir la prestación por los motivos tasados en le legislación, los otros tienen derecho al acrecimiento de la suya.

¿Cuál es el límite de las prestaciones cuando existen varios beneficiarios?

Aunque se reconoce un 20% de la base reguladora a cada huérfano, en ocasiones esta cuantía es limitada cuando la suma de las pensiones causadas (viudedad y orfandad) por el mismo causante es superior a:

  • En general, al 100% de la base reguladora.
  • 118% de la base reguladora, cuando concurran varias pensiones de orfandad con una pensión de viudedad, cuando a la primera le corresponda el 70% por razón de carencia de rentas.
  • En el caso de la aplicación de las nuevas cuantías de la pensión de viudedad: Si el porcentaje aplicable es un 60%, el máximo podrá ser 108% de la base reguladora del causante.

 Es decir, el límite del 100% establecido con carácter general para la suma de las pensiones de viudedad y orfandad podrá ser rebasado en caso de concurrencia de varias pensiones de orfandad con una pensión de viudedad cuando el porcentaje a aplicar a la correspondiente base reguladora para el cálculo de esta última sea superior al 52 %.

En todos estos casos, se disminuirá proporcionalmente a cada uno de los beneficiarios (huérfanos y cónyuge/pareja de hecho) su derecho hasta que la suma de todas no sea superior el máximo asignado en cada uno de los supuestos.

Causas de extinción de la pensión de orfandad

La extinción se produce al cumplir la edad límite para disfrutar el derecho (25 años). No obstante, cuando estén cursando estudios, podrán mantener su derecho, cumplida la edad límite señalada por la ley, hasta el primer día del mes siguiente al inicio del siguiente curso académico.

Asimismo, se pierde el derecho a la pensión de orfandad por emancipación o por el cese de la discapacidad en el supuesto de que ésta sea el origen de la extensión de la prestación más allá de la edad límite señalada.

Además, igualmente se perderá el derecho en caso de unión matrimonial de los beneficiarios (excepto en los supuestos de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez), su adopción, o su fallecimiento o desaparición en accidente.

¿Qué es el derecho de acrecimiento?

Si las pensiones de los huérfanos se han reducido proporcionalmente a los efectos de cumplir los límites de la base reguladora que ya se han puesto evidencia anteriormente, en el caso de que uno de los beneficiarios pierda el derecho por alguno de los motivos mencionados, al dejar libre su parte, se volverá a recalcular la pensión del resto de los beneficiarios con el fin de que puedan acceder al importe que le corresponda originalmente.  

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