Mi jubilacion BBVA

Prestaciones   27 Mar 2026

Reforma del subsidio por desempleo: Es compatible trabajar y continuar cobrando el paro o el subsidio

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Entre las principales novedades introducidas está la de que se podrán compatibilizar el subsidio de desempleo y prestación contributiva por desempleo con la actividad laboral; la creación un subsidio para las mujeres mayores de 16 años víctimas de violencia sexual y de género, con las mismas cuantías que el ordinario.

La reforma amplía los subsidios de desempleo a colectivos que carecían de esta cobertura, como los menores de 45 años sin cargas familiares, los trabajadores eventuales agrarios y los transfronterizos. Además, se permitirá que los estudiantes que perciban becas las compatibilicen con el subsidio de desempleo.

El Gobierno aprobó el Real Decreto a través del que se reforma el subsidio no contributivo de desempleo, paso necesario para que se desbloquease el cuarto pago a España de los Fondos Next Generation, en cumplimiento de la componente 23 Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La reforma del subsidio por desempleo ha sido recogida en el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo , por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo. Este RD ha sido publicado en el BOE el 22 de mayo de 2024.

Mejoras introducidas en el subsidio por desempleo por la nueva norma

Entre las mejoras se encuentran:

  • Se elimina la actual deducción por trabajo a tiempo parcial, para los beneficiarios de subsidio que hubieran trabajado a tiempo parcial, que podrán cobrarlo íntegro.
  • Podrán acceder al subsidio los españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva.
  • También podrán acceder al subsidio por desempleo otros colectivos que carecían previamente de esta cobertura, como las personas menores de 45 años sin cargas familiares o las personas trabajadoras eventuales agrarias.
  • A los solicitantes de subsidio que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, no se excluirá de la prestación, sino que se tendrá la consideración de responsabilidades familiares, y se reconocerá el subsidio, cuando el total de rentas de la unidad familiar entre el número de personas que la forman (incluido el solicitante) no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Se elimina el mes de espera, tras el agotamiento de la prestación contributiva de desempleo, para el acceso al subsidio de desempleo. El objetivo de esta medida eliminar los vacíos en la cobertura de los colectivos con mayor grado de vulnerabilidad y peores condiciones de empleabilidad.
  • Se reduce a 10 el número de jornadas necesarias para que los trabajadores agrarios por cuenta ajena de carácter eventual incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios puedan beneficiarse del subsidio por desempleo.
  • Se mantiene en 30 meses la duración máxima del subsidio por desempleo.
  • Además, se mantiene en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) la base de cotización para los subsidios de mayores de 52 años.

Con carácter general (salvo aspectos concretos como el relativo complemento de aployo al empleo), la reforma entró en vigor en noviembre de 2024.

Requisitos para trabajar y seguir cobrando el subsidio por desempleo

  • Serán compatibles la percepción del subsidio de desempleo y de la prestación contributiva de desempleo con el acceso a un empleo.  Lo anterior se hará a través de la percepción del Complemento de Apoyo al empleo, cuya percepción, compatibilizándola con tener un empleo (a tiempo completo o tiempo parcial), se podrá prolongar durante un periodo máximo de 180 días, iniciándose tras agotar un año de subsidio.

Para poder compatibilizar la percepción del subsidio por desempleo y/o de la prestación de desempleo con tener un trabajo, se requerirá que el salario no supere el 225% del IPREM (1.350 euros al mes, con el IPREM actual).

Esta medida concreta se empezó a aplicar a partir de 2025.

¿Cuánto se cobra con el nuevo subsidio por desempleo 2026?

  • Se incrementan los importes del subsidio de desempleo. Los beneficiarios del mismo percibirán los siguientes importes de subsidio:
    • 6 primeros meses:   95% IPREM (570 euros mensuales con el IPREM actual)
    • 6 meses siguientes: 90% IPREM: (540 € mensuales)
    • Resto del periodo:   80% IPREM: (480 euros mensuales)

Anteriormente la cuantía del subsidio por desempleo ascendía, durante todo el periodo de cobro, a un 80% del IPREM.

Nuevo subsidio para víctimas de violencia de género

Las mujeres mayores de 16 años víctimas de violencia de género podrán acceder al subsidio específico de nueva creación, con las mismas cuantías que el subsidio por desempleo ordinario.

Trabajadores transfronterizos

Además, los trabajadores residentes en Marruecos que hayan desempeñado su última relación laboral en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, amparados por autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos, podrán acceder a la protección por desempleo de nivel contributivo sin necesidad de acreditar residencia en España, siempre que reúnan todos los requisitos establecidos.

Acumulación del permiso de lactancia

La nueva regulación prevé la posibilidad de la acumular las horas retribuidas de ausencia por lactancia como un derecho de todos los trabajadores, sin necesidad, como era hasta ahora, de que esté recogida en el convenio colectivo o en un acuerdo con la empresa.

Transito del subsidio asistencial por desempleo al Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Se establece un procedimiento que regula el tránsito del subsidio por desempleo al Ingreso Mínimo Vital (en aquellas personas que tras el periodo máximo de percepción del subsidio no se reinsertan en el mercado laboral) a través de la colaboración entre la entidad gestora del subsidio por desempleo y la del IMV. Se trata de eliminar cargas administrativas y facilitar el acceso a la prestación a las personas que cumplen con los requisitos.

El nuevo Real Decreto modifica el cómputo de los ingresos y patrimonio del IMV, de forma que queda excluido de las rentas computables, a efectos de IMV, el subsidio por desempleo cuando a la fecha de la solicitud de la prestación se hubiera extinguido.

 Además, se ha modificado el concepto de pareja de hecho, para homogeneizarlo en ambas prestaciones (subsidio por desempleo e IMV).

Cuantías y compatibilidad del subsidio por desempleo en 2026

Con la reforma plenamente consolidada este año, el subsidio por desempleo no solo es más flexible, sino que permite la transición directa al mercado laboral sin perder la ayuda económica.

¿Cuánto se cobra de subsidio en 2026?

La cuantía es decreciente para incentivar la búsqueda activa de empleo, excepto en el caso del subsidio para mayores de 52 años, que se mantiene estable. A continuación, detallamos las cuantías vigentes basadas en el IPREM de 600 € y cómo funciona el sistema de compatibilidad.

Tramo de percepción (2026) % del IPREM Cuantía Mensual
Meses 1 al 6 (180 días) 95% 570 €
Meses 7 al 12 (181 a 360 días) 90% 540 €
A partir del mes 13 (>361 días) 80% 480 €
Mayores de 52 años (Cuantía fija) 80% 480 €

*Cálculos realizados en base al IPREM vigente en 2026 (600 € mensuales).

La clave de 2026: El Complemento de Apoyo al Empleo (CAE)

Si estás cobrando el paro o el subsidio y encuentras un empleo, ya no tienes que elegir entre uno u otro. Gracias al Complemento de Apoyo al Empleo, puedes compatibilizar ambos ingresos durante un máximo de 180 días.

Este complemento es una parte del subsidio que sigues percibiendo junto a tu salario, y su importe depende de la jornada laboral que realices:

  • Jornada Completa: Percibirás hasta 480 €/mes adicionales a tu sueldo durante el primer trimestre.
  • Jornada Parcial (superior al 50%): La cuantía se ajusta proporcionalmente, garantizando que siempre sea más rentable trabajar que permanecer únicamente con la ayuda.
  • Duración: Podrás disfrutar de esta compatibilidad si el trabajo es de duración determinada o indefinida, siempre que no hayas agotado el periodo máximo de 180 días de complemento.

¿Cómo afecta este subsidio a tu base de cotización?

Recuerda que, aunque estés en periodo de subsidio, sigues cotizando para tu futura pensión. En el caso del subsidio para mayores de 52 años, la cotización se realiza por el 125% de la base mínima vigente en 2026, un factor fundamental para no ver reducida tu base reguladora en el momento de la jubilación.

⚠️ ¿Estás cobrando el Paro o el Subsidio?

Es común confundirlos, pero sus cuantías en 2026 son diferentes:

  • Prestación Contributiva (Paro): Si has trabajado más de un año, el mínimo que cobrarás en 2026 es de 560 € (sin hijos) o 749 € (con hijos).
  • Subsidio por Desempleo (Ayuda): Si has agotado el paro, cobrarás 570 € durante los primeros 6 meses, independientemente de si tienes hijos o no.

Consulta aquí los importes mínimos detallados de la prestación por desempleo →

Suscripción a Newsletter