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Prestaciones   1 Abr 2026

¿Cuánto se cobra en neto de paro en 2026?

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Para calcular la prestación de desempleo se aplica un 70% sobre la base reguladora durante los primeros 6 meses de percepción de la prestación, y partir del séptimo mes se aplica el 60% de esa base reguladora, con unos límites máximos y mínimos de prestación. Vemos a continuación como se calcula la prestación neta.

La base reguladora de la prestación de desempleo se calcula teniendo en cuenta el promedio de las bases de cotización del trabajador durante los 6 meses (180 días) previos a la situación legal de desempleo o previos al momento en que ceso la obligación de cotizar. Sobre esa base reguladora se aplican los porcentajes mencionados para calcular el importe de la prestación contributiva de desempleo: 70% de la base reguladora durante los primeros 6 meses (180 días) y un 60% después (a partir del día 181).

No obstante, se aplican un topes máximos y mínimos de prestación de desempleo, que vemos a continuación.

Importes máximos de prestación de desempleo en 2026

La prestación de desempleo no podrá superar unos topes máximos:

  • Para los beneficiarios sin hijos a cargos, el límite de la cuantía de la prestación es el 175% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) mensual (*) incrementado el resultado en una sexta parte.
  • Para los beneficiarios con un hijo a cargo, el tope máximo de la prestación se establece en un 200% del IPREM mensual incrementado en una sexta parte.
  • En caso de tener dos o más hijos a cargo, el límite de prestación será el 225% del IPREM mensual incrementado en una sexta parte.

Por tanto, los importes máximos de prestación en 2026, en función de hijos a cargo, son los siguientes:

Cuantía máxima prestación contributiva Euros
Sin hijos/as 1.225,00 €
1 hijo/a 1.400,00 €
2 hijos/as o más 1.575,00 €

(*) IPREM mensual en 2026: 600 euros.

Importes mínimos de prestación de desempleo en 2026

Los beneficiarios de la prestación de paro sin hijos a cargo percibirán, como mínimo, el 80% IPREM mensual incrementado en una sexta parte.

Cuando tienen algún hijo a cargo recibirán, como mínimo, el 107% IPREM mensual incrementado en una sexta parte.

Por tanto, para 2026, los importes mínimos de prestación de desempleo, en función de si existen hijos a cargo o no, serán los siguientes:

Cuantía mínima prestación contributiva Euros
Sin hijos/as 560,00 €
1 hijo/a o más 749,00 €

💡 ¿Has agotado tu prestación contributiva (PARO)?

Si ya no tienes derecho al paro por haber consumido tus días cotizados, puedes solicitar el nuevo subsidio por desempleo tras la reforma de 2024.

  • En 2026, la cuantía del subsidio asciende a 570 € mensuales durante los primeros 6 meses.

Ver requisitos y nuevas cuantías del subsidio por desempleo en 2026 →

Posibilidad de capitalizar en un único pago la prestación de desempleo

Existe la posibilidad de solicitar la capitalización de la prestación de desempleo en un pago único para el caso de emprender y establecerse como trabajador por cuenta propia. Para más información sobre esta opción pinchar aquí.

¿Cuánto queda en neto la prestación de desempleo?

Para determinar el importe de prestación neta, al importe bruto se le debe descontar los siguientes conceptos:

  • La cotización a la Seguridad Social del beneficiario de la prestación, que será un 4,7 % de la base reguladora (es decir, la base media de cotización por contingencias comunes de los últimos 6 meses)
  • La retención a cuenta del IRPF, cuando proceda, en función del importe de la prestación por desempleo que tenga reconocida en el año.

Las prestaciones por desempleo son consideradas como una renta sujeta a IRPF, por lo que se les aplica retención del IRPF. Además, en caso de que se alcanzasen los ingresos mínimos establecidos para estar obligado a declarar (ver aquí), se ha presentar Declaración de la Renta.

No obstante, desde 2026 (Declaración de la Renta 2025)  se ha eliminado la obligación genérica de presentar Declaración de la Renta para todos los perceptores de la prestación de desempleo independientemente de cuales fueran sus ingresos.

Primer caso:

Si el importe total a percibir resulta inferior a los que figuran en la tabla siguiente, teniendo en cuenta que los hijos y descendientes a los que se refiere son aquellos que dan derecho a deducción en la declaración de la renta:

SITUACIÓN SIN HIJOS 1 HIJO 2 O MÁS HIJOS
Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente 17.644 € 18.694 €
Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 € anuales 17.197 € 18.130 € 19.262 €
Otras situaciones 15.876 € 16.342 € 16.867 €

En “Otras situaciones” se engloban los siguientes casos:

  • Contribuyente casado, y no separado legalmente, cuyo cónyuge obtenga rentas superiores a 1.500 euros, excluidas las exentas.
  • Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente, sin descendientes o con descendientes a su cargo, cuando, en este último caso, no tenga derecho a la reducción por tributación conjunta en la declaración de la renta como consecuencia de convivir con el otro progenitor.

Segundo caso en el que no estaría sujeta a retención:

Cuando la prestación por desempleo se perciba en la modalidad de pago único o capitalización del paro, siempre que la empresa creada o las participaciones en entidades mercantiles adquiridas se mantengan durante un mínimo de 5 años.

La retención mínima de IRPF del 2%, aplicada a contratos de trabajo inferiores a un año, no se aplica a la prestación por desempleo, aunque esta se cobre por un período inferior al año.

Además, es posible que el beneficiario solicite un incremento de a retención a cuenta de la prestación de desempleo (ver aquí los detalles) .

Para calcular una estimación de la prestación por desempleo que correspondería, puedes utilizar el programa de auto cálculo de prestación de desempleo del SEPE (acceder aquí)

Durante cuanto tiempo se puede percibir prestación de desempleo

La duración de la prestación variará según el tiempo cotizado, con un tope máximo percepción de 2 años (720 días).

En el siguiente cuadro mostramos la duración de la prestación de desempleo en función de los días cotizados:

Periodo de derecho a cobrar la prestación
según días cotizados

Días cotizados Días de prestación de desempleo
De 360 hasta 539 días 120 días
De 540 hasta 719 días 180 días
De 720 hasta 899 días 240 días
De 900 hasta 1.079 días 300 días
De 1.080 hasta 1.259 días 360 días
De 1.260 hasta 1.439 días 420 días
De 1.440 hasta 1.619 días 480 días
De 1.620 hasta 1.799 días 540 días
De 1.800 hasta 1.979 días 600 días
De 1.980 hasta 2.159 días 660 días
2.160 días o más 720 días

Finalmente, comentar que, desde el año 2025, son compatibles la percepción de la prestación contributiva de desempleo (también del subsidio asistencial de desempleo) con el acceso a un empleo, durante un periodo máximo de 180 días, iniciándose tras agotar un año de prestación de desempleo o de subsidioEn este caso, la prestación se abonaría bajo la denominación Complemento de apoyo al empleo. Se puede  compatibilizar con tener un empleo a tiempo completo o tiempo parcial.

Para poder compatibilizar la percepción de la prestación de desempleo con tener un trabajo, se requerirá que el salario no supere el 225% del IPREM (1.350 euros al mes, con el IPREM actual).

Más Información

Requisitos para tener derecho y a la prestación de desempleo: ver aquí

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