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Prestaciones   7 May 2026

Las Pensiones de jubilación en España y Francia: ¿Cuál son más generosas? ¿Qué sistema es más sostenible?

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Instituto BBVA de PENSIONES

Los Sistema de pensiones de estos dos países vecinos y hermanos afrontan problemáticas y retos similares en cuanto a las consecuencias que el envejecimiento y la demografía están teniendo y van a tener sobre los mismos.

Comparamos en varios cuadros las pensiones de jubilación de uno y otro país (sus requisitos de acceso, su forma de cálculo, sus topes máximos y mínimos, cuanto se ha de cotizar, etc.). Además, ponemos en comparación la valoración de esos dos Sistemas en el Índice Global de las Pensiones.

Elemento España Francia
Edad legal de jubilación ordinaria 66 años y 10 meses (ordinaria). Con 38 años y 3 meses cotizados se puede acceder a los 65 años. En 2027 la edad ordinaria llegará a 67 años para aquellos que cuenten con menos de 38 años y 6 meses cotizados. 62-64 años según año de nacimiento (la reforma de 2023 eleva progresivamente la edad de 62 a 64 hasta 2030). A partir de 67 años se obtiene la tasa plena automática, independientemente del tiempo cotizado.
Periodo mínimo cotizado para tener derecho a pensión 15 años, de los cuales al menos 2 deben estar dentro de los 15 años previos a la jubilación. Sin mínimo estricto para la pensión básica del régimen general. Basta con al menos un trimestre validado.
Años cotizados para el 100% de la pensión (pensión completa) 36 años y 6 meses en 2026. A partir de 2027, 37 años. Con 15 años se cobra el 50% de la base reguladora y cada mes adicional suma porcentaje hasta el 100%. Desde 2027, 43 años (172 trimestres) para nacidos de 1965 en adelante. Antes se exigían 42 años. La tasa plena (50% del salario de referencia) requiere cumplir ese periodo o bien esperar a los 67 años.
Cálculo de la base reguladora / salario pensionable para determinar la pensión Media de las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses), dividida entre 350. La reforma que ha entrado en vigor a partir de 2025 permite optar por los 29 mejores años descartando los 2 peores si este cálculo sale de mayor importe (despliegue progresivo entre 2026 y 2040, a razón de 4 meses de más cada año). Media de los 25 mejores años de salarios (ajustados por inflación). En el régimen complementario de puntos (AGIRC-ARRCO) se acumulan puntos cada año según cotizaciones; al jubilarse se multiplican por un valor del punto fijado anualmente.
Base máxima de cotización (tope) 5.101,20 €/mes en 2026 (61.214,4 anuales). Se actualiza anualmente en IPC+1,2 pp. Los salarios que superen ese tope solo cotizan hasta el mismo. Régimen básico: 4.005 € mensuales (plafond Mensuel de la Sécurité Sociale-PMSS 2026), 48.060 € anuales. Por encima de ese umbral no se cotiza al régimen básico, pero sí al régimen complementario de puntos hasta un techo más alto (hasta 8-9 veces el plafond, 32.040 € al mes).
Tipos de cotización (contingencias comunes y jubilación) Total= 28,3 % del salario bruto (empresa 23,6 %, trabajador 4,7 %). Incluye jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia. Adicionalmente existe el MEI (0,9 % en 2026, subiendo gradualmente hasta alcanzar el 1,2% a partir de 2029). Régimen básico: 17,75 % (empleador 8,55 %, trabajador 6,90 %); más contribuciones complementarias AGIRC-ARRCO (por puntos) del 7,87 % (empleador 4,72%, trabajador 3,15%) para Tramo 1 (hasta 4.005 eur) y 21,59% (12,95% empresa y 8,64% trabajador) para Tramo 2 (entre 4.005 y 32.040€). Total aproximado: 25-28 % (varía según tramos de salario).
Tratamiento de lagunas de cotización Los periodos sin cotización tenidos en cuenta para el cálculo de la base reguladora se integran con la base mínima vigente en ese momento (las primeras 48 mensualidades al 100 %; las siguientes al 50 %). En el caso de mujeres trabajadoras por cuenta ajena, las lagunas 5º año también se integran con 100% de la base mínima, 6º y 7º año 80% de base mínima. Algunos periodos sin actividad se validan como "trimestres asimilados" (desempleo, enfermedad, maternidad, servicio militar). No hay mecanismo automático de relleno con base mínima como en España.
Cotización de autónomos Base de cotización elegida, según tramo de rendimientos netos que corresponda, dentro de horquilla entre una base mínima y una máxima de cada tramo (15 tramos de rendimientos). Tipo total de cotización = 30,6 % (31,5% sumado el MEI) sobre la base elegida. En 2032 base de cotización debería ser = a rendimientos netos de actividades económicas. En general, cotización sobre beneficios netos. Tipo global (vejez básica + complementaria + otras) en torno al 45 % de los rendimientos netos (además de jubilación incluye asistencia sanitaria, prestaciones familiares, maternidad, formación profesional); la parte de jubilación ronda el 17-18 %. El Régimen Micro-Empresario y Auto-emprendedor cotiza como un porcentaje de facturación bruta (entre el 12% y 24% según tipo de actividad). Régimen trabajador no asalariado (TNS) bajo régime réel: entre 35% y 45% sobre el beneficio neto (los tramos bajos de beneficios tienen cotizaciones mínimas y exenciones parciales), con posibilidad de cotizaciones complementarias para mejorar la jubilación; Régimen assimilé-salarié (asimilado a asalariado) en una SAS/SASU.

Jubilación en España y Francia: Comparativa de Modalidades, Cuantías y Complemento

Concepto de Jubilación España Francia
Jubilación anticipada Voluntaria: hasta 2 años antes de la edad ordinaria con coeficientes reductores (en función del número de meses de adelanto y del periodo de cotización acumulado). Involuntaria (ERE, etc): hasta 4 años antes, con menores penalizaciones. Requiere al menos 35 años cotizados. También existen modalidades por discapacidad o actividades penosas, tóxicas o peligrosas. Carreras largas: quienes empezaron a trabajar antes de los 16 años pueden jubilarse desde los 58; antes de los 18, desde los 60; antes de los 20, desde los 62; antes de los 21, desde los 63. Requieren un mínimo de trimestres elevados. Coeficientes de décote (reducción permanente) si no se cumplen trimestres (172 trimestres-43 años- cotizados para la pensión completa). Los trabajadores con enfermedades profesionales o accidentes laborales que sufran una incapacidad permanente (mínimo 10%-20% según el caso) pueden jubilarse a los 60 años sin penalización. Personas con una incapacidad permanente pueden acceder a la jubilación anticipada con menores requisitos de edad y cotización (generalmente desde los 55 años).
Jubilación demorada / activa Jubilación Demorada: por cada año trabajado tras la edad ordinaria, bonificaciones del 4 % anual adicional (2% semestral a partir de 2º año), o bien suma a tanto alzado o bien incentivo mixto. Jubilación Activa: se puede compatibilizar pensión con trabajo a partir del transcurso de 12 meses desde edad ordinaria (con entre un 45% y 100% de la pensión total en función de los años de demora en el acceso a la jubilación activa, bajo ciertos requisitos). Surcote (sobretasa): aumento del 1,25 % por trimestre trabajado más allá de la edad de tasa plena (máx. sin límite legal, en la práctica hasta 25 %), aplicado sobre la pensión base. Trabajar más tiempo también aumenta la acumulación de puntos en el régimen complementario (Agirc-Arrco), elevando la pensión total. Cumul emploi-retraite: posibilidad de trabajar cobrando pensión plena si se cumplen condiciones de edad y carrera. Surcote Parental (Sobretasa para madres): permite a las mujeres que han tenido hijos y alcanzado la cotización plena un año antes de la edad legal (a los 63 años) obtener un aumento de su pensión de hasta un 5% (1,25% por trimestre) por trabajar más allá de ese límite.
Pensión mínima Con cónyuge a cargo: en 2026, 17.592 €/año (=1.256 €/mes en 14 pagas). Sin cónyuge: 13.107 €/año (=936 €/mes). Pensiones no contributivas para quienes no alcanzan 15 años cotizado. Mínimo contributivo (minimum contributif): ≈848 €/mes, si la carrera es completa. ASPA ("Asignación de Solidaridad para Ancianos" no contributiva): +1.000 €/mes para persona sola (2026), sujeto a recursos.
Pensión máxima 3.359,60 €/mes (47.034 €/año) en 14 pagas. Ninguna pensión pública puede superar ese tope. Régimen básico: 50 % del plafond ≈ 1.932 €/mes. Sumando complementaria (AGIRC-ARRCO) puede superarse ampliamente; no existe un tope global equivalente al español.
Pensión media de jubilación 1.569,70 €/mes (abril 2026). Trabajadores por cuenta ajena Regimen General = 1.729,6 euros/mes. 1.600 €/mes (régimen general + complementaria).
Complemento por brecha de género Cantidad fija por cada hijo (36,90 euros mensuales en 2026), hasta un máximo de 4, aplicada al progenitor con menor pensión (habitualmente la madre). Se revalorizó un 10 % en 2024-2025. Sí. Majoration pour enfants: +10 % de la pensión básica y complementaria para padres con 3 o más hijos. Trimestres adicionales por maternidad/educación (8 trimestres por hijo). Bonificación anticipada del 5 % para madres con carrera completa a los 63.

Comparativas Sistemas de Pensiones España y Francia: Suficiencia y Sostenibilidad

El nivel suficiencia de las pensiones se suele medir a través de la tasa de sustitución reemplazo, que es el porcentaje que la primera pensión de jubilación percibida en el momento de acceso a la misma representa sobre el último salario previo a jubilación.

En materia de suficiencia, España ofrece una mayor tasa de reemplazo que Francia y pensiones mínimas más generosas, lo que se traduce en mejor protección del nivel de vida al jubilarse, especialmente para rentas medias y bajas. Francia, al tener un sistema mixto con un pilar complementario de puntos, depende más de la evolución del valor del punto y de la carrera individual.

En cuanto a sostenibilidad (es decir, la suficiencia o no de las cotizaciones sociales para afrontar el pago de las pensiones, y el déficit acumulado por esa razón), Francia dispone de un sistema más diversificado (tres pilares) que le otorga mayor margen de maniobra ante tensiones demográficas. España, con un sistema de reparto puro más generoso, enfrenta mayores riesgos de sostenibilidad a medio-largo plazo si no se incrementan cotizaciones y/o se ajustan las pensiones, se retrasa la edad efectiva de jubilación o se desarrollan pilares de previsión social complementarias (Pilar 2 -empleo-y Pilar 3 - ahorro voluntario individual).

Aspecto España Francia
Estructura del sistema Reparto puro (contributivo) + red de seguridad (pensiones no contributivas. Fuerte dependencia de la demografía. Sistema Mixto: reparto básico + sistema de puntos complementario (cuasi-capitalización colectiva). Más diversificado.
Presión demográfica Alta: ratio cotizantes/pensionistas decreciente; déficit estructural de la Seguridad Social. Alta presión demográfica igualmente, pero el pilar complementario de puntos permite ajustes paramétricos (valor del punto) sin reformas legales.
Mecanismos de ajuste automático Revalorización ligada al IPC; no hay factor de sostenibilidad activo (derogado). Valor del punto del sistema complementario AGIRC-ARRCO se ajusta por los interlocutores sociales según la coyuntura; mayor flexibilidad.
Tasa de reemplazo (pensión/último salario).
Fuente: Pension at Glance 2025
80-85 % para carreras completas con salarios medios (una de las más altas de la OCDE). 86,3% tasa de reemplazo neta trabajadores con ingresos medios (78,6% para salarios bajos) 60-74 % combinando básica + complementaria. Menor que España para salarios medios. 70% tasa de reemplazo neta trabajadores con ingresos medios (66% para salarios bajos)
Pensión media mensual 1.570 euros. 1.729 euros Régimen General (trabajadores por cuenta ajena) 1.600 €
Protección de las rentas bajas Pensiones mínimas garantizadas elevadas; en cierta manera, el complemento de brecha de género. Pensiones no contributivas ASPA ( no contributivo) garantiza un importe mínimo ; el mínimo contributivo es más bajo que el español.

Comparativa de la Valoración de Francia y España en Global Pensiones Index, de Mercer-CFA Institute

País Puntuación global Suficiencia Sostenibilidad Integridad Calificación
España 63,8 Alta (pensiones generosas) Media-baja Media C+
Francia 70,3 Media-alta Media Media-alta C+
Países Referencia:
Países Bajos 85,4 Muy alta Alta Muy alta A
Dinamarca 82,3 Muy alta Alta Muy alta A

Notas:

  • El subíndice de adecuación (suficiencia) analiza el tipo de sistema, las contribuciones de los Gobierno (via impuestos y otras fuentes de ingresos de sus Presupuestos Generales) y de los cotizantes (los empleadores y los trabajadores), así como el nivel de las prestaciones (suficiencia) y la generosidad entre lo aportado y lo recibido.
  • El subíndice de sostenibilidad evalúa el gasto público, el nivel de cobertura de las pensiones con las cotizaciones de los trabajadores, las finanzas públicas y la demografía.
  • La integridad mide la gobernanza, el modelo regulatorio, los gastos de funcionamiento del sistema y la comunicación con los partícipes.

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