Mi jubilacion BBVA

Jubilación   8 Jun 2020

No he cotizado lo suficiente, ¿tengo derecho a una pensión de jubilación?

Autor

Instituto BBVA de PENSIONES

Si no has cotizado lo suficiente te explicamos la posibilidad de acceder a una pensión de jubilación no contributiva.

Si no se ha cotizado o se ha hecho de manerainsuficiente, cabe la posibilidad de acceder a una pensión no contributiva dejubilación.

Por contra para acceder a la pensión contributiva de jubilación seha de tener cubierto un período mínimo de cotización de 15 años, de los cualesal menos 2 años deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamenteanteriores al momento de acceder a la pensión de jubilación.

La pensión no contributiva de jubilación asegura atodos los ciudadanos en situación de jubilación una prestación económica, asistenciamédico-farmacéutica y servicios sociales complementarios. Los ciudadanos españoles y los nacionales de otrospaíses, con residencia legal en España, pueden acceder a la pensión dejubilación no contributiva si cumplenlos siguientes requisitos:

1. Carecer de ingresossuficientes

La norma exige que se ha de carecer de ingresossuficientes. La persona solicitante de la pensión no contributiva no debesuperar los umbrales que se prevén en la norma.

a) Si la persona vive sola, existe esta carenciacuando las rentas o ingresos de que se dispongan, en cómputo anual para el año2020, sean inferiores a 5.538,40 euros anuales.

b) Si la persona vive con familiares, existe carenciade ingresos suficientes, si sus rentas son inferiores a 5.538,40 euros anualesy, además, los recursos de la unidad económica de convivencia, no supere loslímites que a continuación explicamos.

Existe unidad económica de convivencia en todos loscasos de convivencia del solicitante de la pensión de jubilación nocontributiva con otras personas unidas a él por matrimonio o por lazos deparentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado.

El parentesco por consanguinidad hasta el segundogrado alcanza a padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.

¿Cuáles son loslímites?

1. Si convive sólo con su cónyuge y/o parientesconsanguíneos de segundo grado (hermano-hermana o nieto-nieta):

  • Si el número de convivientes son dos, no se han de superar los 9.415,28 euros al año.
  • Si el número de convivientes son tres, no se han de superar los 13.292,16 euros al año.
  • Si el número de convivientes son cuatro, no se han de superar los 17.169,04 euros al año.

2. Si entre los parientes consanguíneos con los queconvive se encuentra alguno de primer grado (padres y madres o hijos e hijas):

  • Si el número de convivientes son dos, no se han de superar los 23.538,20 euros al año.
  • Si el número de convivientes son tres, no se han de superar los 33.230,40 euros al año.
  • Si el número de convivientes son cuatro, no se han de superar los 42.922,60  euros al año.

2. Edad

Las personas solicitantes de la pensión nocontributiva de jubilación han de tener la edad de 65 años.

3. Residencia

Residir en territorio español y haberlo hecho duranteun período de 10 años, entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la fechade devengo de la pensión, de los cuales dos años han de ser consecutivos einmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión.

Incompatibilidades

La pensión no contributiva de jubilación esincompatible con la pensión no contributiva de incapacidad, con las pensionesasistenciales y con los subsidios de ingresos mínimos y por ayuda de tercerapersona, así como con la condición de causante de la asignación familiar porhijo a cargo con discapacidad.

Cuantía

La cuantía se establece en función del número debeneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidadeconómica de convivencia, de los ingresos personales y/o de las personas queintegran la unidad económica, no pudiendo ser inferior dicha cuantía a 1.384,60 € anuales, que se corresponde con el 25 por 100 del importe íntegro para el año 2020. La cuantia integra ( máxima) asciende a  5.538,40 euros anuales (395,60 mensuales).

Más Información sobre la Pensión no contributiva de Jubilación.

Suscripción a Newsletter